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Foto del escritorColegio Dentistas IB

SOMOS TRANSPARENTES

En cumplimiento a las disposiciones de Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTAIBG), el Colegio Oficial de Dentistas de Baleares, CODB, ha creado un espacio virtual para publicar determinada información de oficio, a iniciativa propia, permitiendo su consulta y accesibilidad a cualquier persona. Este espacio ha sido llamado PORTAL DE TRANSPARENCIA (PT) y puede ser consultado a través de la web colegial.


El objetivo principal del PORTAL DE TRANSPARENCIA es ofrecer información clara, estructurada y accesible; tener presentes los límites legales previstos y la referencia a la fecha de última actualización.


"Con este portal lo que hacemos es ofrecer información lo más clara posible para que, tanto el colegiado, como cualquier persona que lo solicite, pueda obtener todos los datos necesarios relativos al colegio. Creemos que un paso importante de abertura del colegio a los colegiados y a la población en general, con ello se verá perfectamento cómo y en qué trabaja el Colegio de Dentistas. Esta es otra de las iniciativas que estamos poniendo en marcha ahora y que iremos dando a conocer durante los próximos meses. Es una herramienta fundamental que aporta mucha claridad a todo el trabajo colegial", explica el presidente del CODB, Ignacio García-Moris.


El CODB publica en el PT las funciones que desarrolla, su normativa de aplicación, su estructura organizativa y organigrama, perfil y trayectoria profesional. Además de información económica, presupuestos y estadísticas.


Son publicadas, también, informaciones en relación con:

  • los contratos sujetos a derecho administrativo;

  • los convenios firmados en ejercicio de las funciones públicas conferidas;

  • las subvenciones y ayudas públicas percibidas u otorgadas;

  • las encomiendas de gestión en ejercicio de las funciones públicas que podamos desempeñar.


DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

A través del PT el CODB recibe, tramita y responde a las solicitudes de acceso a la información elaborada u obtenida en ejercicio de sus funciones públicas en plazo de 1 mes.




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